La reducción del tiempo de trabajo, podría favorecer, además del bienestar de las y los trabajadores, también, la producción y la economía. A estas alturas del siglo XXI, existen trabajadores por cuenta ajena que rebasan la jornada de 8 horas diarias durante 5 días semanales y, si hablamos de los y las trabajadoras por cuenta propia o autónomas, podría entrarnos angustia.
En Galicia, "Toldos Porriño" ha implantado la jornada laboral de 4 días semanales, sin reducción salarial. Alternan, mensualmente, turnos rotativos de lunes a jueves o de martes a viernes, con jornada de 9 horas diarias. En cuatro días trabajan 36 horas. Ya son varias las empresas en España, que experimentan el aumento de producción, trabajando menos días a la semana.
A escasos minutos de haberme levantado, leí hoy, palabras interesantes referidas al derecho de huelga: “Hoy trabajas 8 horas y no 10 gracias a huelgas como las de Cádiz. Así que respeto y solidaridad” (Iñigo Errejón) y claro, alguien más, muchos, se pronunciaron al respecto pero, un par de intervenciones me hicieron reflexionar: la primera, en respuesta a Errejón: “La jornada de 8 horas en España se implantó en 1919. De nada” (alguien a quién no identifico por pura lógica de respeto a su intimidad); la segunda, en respuesta al anterior: “Gracias a una huelga general iniciada en La Canadiense por la CNT (anarquistas) De nada”. (otro alguien a quién no identifico, tampoco).
Lo cierto es que, parece ser —según ABC HISTORIA—, que ya Felipe II en 1593 estableció la jornada laboral de 8 horas. Seguiremos hablando de estas cosas…
Baldomero Gómez©
graduado social
experto europeo en relaciones sociolaborales UAH
laboralista